Como os contábamos en nuestra anterior noticia, la principal novedad en la Campaña de la Renta 2016 que comienza en unos días es la completa desaparición del Programa PADRE y su sustitución definitiva por el nuevo sistema on line, Renta Web.
Y decimos definitiva porque hasta el año pasado, todavía los contribuyentes de actividades económicas pudieron utilizar el Programa PADRE. Sin embargo, esta campaña de la Renta que se inicia oficialmente el 5 de abril ya extiende la obligatoriedad del nuevo sistema para todos los contribuyentes.
Así pues, el Renta Web es a partir de ahora el único servicio válido de la Agencia Tributaria (AEAT) para tramitar y presentar la declaración de la Renta y, según la AEAT, simplifica el borrador y amplía las posibilidades del PADRE.
Con el nuevo sistema, los contribuyentes acceden directamente al servidor de la Agencia Tributaria y pueden añadir o modificar cualquier dato sin necesidad de descargar previamente ningún programa. Además, permite iniciar la declaración en un dispositivo y finalizarla en otro.
En el Renta Web es posible descargar las rentas procedentes de cualquier naturaleza e incorporar las que no se encuentren en poder de la Administración. De igual modo, en las unidades familiares permite comparar cual es la opción más ventajosa de declaración.
Los contribuyentes pueden acceder al sistema con certificado o DNI electrónico, Cl@vePIN o referencia a través del Portal Renta 2016 de la Agencia Tributaria. Una vez dentro del servicio es cuando podrán añadir datos adicionales, aportar los que faltan, corregir los erróneos y obtener así un resumen de resultados con los que confeccionar el borrador y presentar finalmente la declaración.
La AEAT también habilita para los contribuyentes que tengan los requisitos exigidos la atención telefónica para confeccionar la declaración a través de la Oficina de Atención al Contribuyente (901 200 345) o la posibilidad de hacerla presencialmente (a partir del 11 de mayo) solicitando cita previa en el 901 22 33 44 (entre el 4 de mayo y el 29 de junio).
Fuente: Agencia Tributaria