Se acerca una nueva campaña de presentación de Libros de Comercio correspondientes a los datos del ejercicio social 2016 y, por ello, repasamos las principales características de este procedimiento, obligatorio para los ejercicios abiertos a partir del 29 de septiembre de 2013.

Estas son las principales cuestiones que debe tener en cuenta:

  • No se permite la legalización de libros en soporte papel o en soporte electrónico.
  • La presentación se debe realizar por vía telemática y utilizando los programas propios del Registro Mercantil.
  • Cada empresario debe presentar sus libros en el registro mercantil que tenga asignado.
  • El plazo de presentación finaliza dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social. En la mayoría de las empresas este plazo se corresponden con el 30 de Abril del 2017. Como excepción a lo anterior, se permite la presentación a legalización del libros de Actas con actas del ejercicio corriente.
  • Los libros a presentar son el Diario, Inventarios y Balances, Actas y en el caso de que existan modificaciones el de socios o de acciones nominativas.
  • La rectificación de libros de cualquier clase ya legalizados, deberá incluir un archivo en el que conste certificación del órgano de administración por el que se dé cuenta del error cometido.
  • El medio de envío telemático es la plataforma del Colegio de Registradores.

Fuente: BOE